¿Qué recursos no ponen fin a la vía administrativa?
Preguntado por: Raquel Ulibarri | Última actualización: 6 de diciembre de 2023Puntuación: 4.5/5 (63 valoraciones)
El recurso de alzada, reiteramos, se interpone frente a los actos que NO pongan fin a la vía administrativa. Sin embargo, el recurso de reposición únicamente podrá interponerse frente aquellos que SÍ pongan fin a la vía administrativa.
¿Qué actos no ponen fin a la vía administrativa?
También agotan la vía administrativa las resoluciones que se dicten en los procesos de impugnación, reclamación, conciliación, arbitraje y mediación que sustituyan al recurso de alzada.
¿Qué tipos recursos se pueden presentar contra un acto que pone fin a la vía administrativa?
El artículo 123.1 LPAC establece que “los actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa podrán ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado o ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo”.
¿Qué pone fin a la vía administrativa?
«Ponen fin a la vía administrativa: a) Las resoluciones de los recursos de alzada. b) Las resoluciones de los procedimientos de impugnación a que se refiere el artícu- lo 107.2. c) Las resoluciones de los órganos administrativos que carezcan de superior jerárquico, salvo que una Ley establezca lo contrario.
¿Qué significa que no agota la vía administrativa?
¿Qué significa agotar la vía administrativa? Agotar la vía administrativa significa haber utilizado todos los recursos y procedimientos disponibles dentro de la Administración Pública para impugnar una decisión administrativa. Es un requisito necesario para acceder a otras vías de defensa, como la jurisdiccional.
22. Actos que AGOTAN/PONEN FIN vía administrativa y ACTOS FIRMES. Recurso ALZADA, recurso REPOSICIÓN
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¿Cómo saber si un acto pone fin a la vía administrativa?
Si el órgano administrativo que ha dictado el acto (sin importar el contenido del mismo) no tiene un superior jerárquico, se entiende que su resolución pone fin a la vía administrativa.
¿Cuando no es necesario el agotamiento de la vía administrativa?
b) No se requiere agotar la vía administrativa cuando la impugnación del acto en cuestión se fundamenta en la inconstitucionalidad de la norma.
¿Qué recurso cabe en vía administrativa?
En la vía administrativa, existen tres clases de recursos administrativos, a saber: alzada, potestativo de reposición y extraordinario de revisión.
¿Qué recursos existen en materia administrativa?
- Recurso de alzada.
- Recurso potestativo de reposición.
- Recurso extraordinario de revisión.
¿Qué plazo hay para interponer recurso contencioso administrativo?
(i) El plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo será de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada o al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso.
¿Cuántos tipos de recursos hay y cuáles son?
Los recursos han sido categorizados como bióticos y abióticos, renovables y no renovables, potenciales y reales, además de clasificaciones más complejas.
¿Qué es el recurso de apelación en la vía administrativa?
El recurso de apelación, a diferencia del de reconsideración, es un pedido que puedes interponer para que sea resuelto por el órgano superior jerárquico de aquel que emitió la sanción. Puedes presentar este recurso dentro de los 15 días hábiles a partir del día siguiente de la recepción de la resolución.
¿Qué pasa si la Administración no resuelve un recurso de reposición?
El incumplimiento de dicha obligación dará lugar a la exigencia de responsabilidad disciplinaria, sin perjuicio de la que hubiere lugar de acuerdo con la normativa aplicable (artículo 21.6 de la Ley 39/2015).
¿Cuáles son los actos nulos de pleno derecho?
Los actos de las Administraciones Públicas son nulos de pleno derecho en los casos siguientes: a) Los que lesionen los derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional. b) Los dictados por órgano manifiestamente incompetente por razón de la materia o del territorio. c) Los que tengan un contenido imposible.
¿Qué dice el artículo 82 de la Ley 39 2015?
TRÁMITE DE AUDIENCIA (Artículo 82): Instruidos los procedimientos, e inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución, se pondrán de manifiesto a los interesados o, en su caso, a sus representantes, para lo que se tendrán en cuenta las limitaciones previstas en su caso en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre.
¿Cuál es el error de hecho?
El error de hecho es cuando la administración interpreta o comete un fallo a la hora de interpretar unos hechos o circunstancias que han ocurrido, o bien, comete un fallo o un error a la hora de tener en cuenta circunstancias, datos etc.
¿Qué diferencia hay entre recurso de alzada y reposición?
El recurso de alzada, reiteramos, se interpone frente a los actos que NO pongan fin a la vía administrativa. Sin embargo, el recurso de reposición únicamente podrá interponerse frente aquellos que SÍ pongan fin a la vía administrativa.
¿Qué recurso se puede interponer contra la resolución de un recurso de alzada?
Contra la resolución de un recurso de alzada cabe, excepcionalmente, el extraordinario de revisión ante el mismo órgano que dictó aquél si concurre alguna de las circunstancias señaladas en el artículo 125.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
¿Cómo se puede impugnar un acto administrativo?
Impugnación de Actos Administrativos. Las formas de impugnación de los actos administrativos tienen por objeto modificar, reemplazar, anular o revocar en sede administrativa un acto administrativo por el cual una persona se siente menoscabada. La elección de la vía judicial impide la impugnación en vía administrativa.
¿Cómo se agota la instancia administrativa?
recordemos que, en el orden nacional, las vías de agotamiento de la instancia administrativa son la impugnatoria y la reclamatoria.
¿Quién resuelve finalmente y da por agotada una vía administrativa en un procedimiento administrativo?
- Agotamiento de la vía administrativa La resolución del Tribunal del Servicio Civil que resuelve el recurso de apelación o la denegatoria ficta, agotan la vía administrativa, por lo que no cabe interponer recurso alguno. Contra las decisiones del Tribunal, corresponde interponer demanda contencioso administrativa.
¿Qué es un reclamo administrativo impropio?
El reclamo impropio es el medio para impugnar en forma directa actos administrativos de alcance general y opera como un recaudo habilitante de la instancia judicial.
¿Cuándo se encuentra firme un acto administrativo?
El Acto Administrativo es firme cuando no admite impugnación en ninguna vía. Se prevén los siguientes recursos: apelación y extraordinario de revisión.
¿Qué diferencia hay entre un recurso de reposición y una reclamación economico administrativa?
En el caso de que sea un recurso de reposición, lo resolverá el órgano que dictó el acto; y en el caso de que sea una reclamación económico-administrativa, lo resolverá el Tribunal que territorialmente corresponda. Pero siempre, en ambos casos, el escrito se dirige a la Administración de la que emana el acto.
¿Cuánto puede costar un recurso contencioso administrativo?
Precio de un recurso contencioso administrativo
El precio de los recursos contencioso administrativos depende del tipo de procedimiento que se vaya a realizar. Por un lado, se pueden imponer unos costes fijos, que serán de 300 euros en el proceso ordinario, y 200 euros si se trata de un proceso abreviado.
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