¿Qué recurso pone fin a la vía administrativa?
Preguntado por: Sr. Rayan Haro | Última actualización: 8 de diciembre de 2023Puntuación: 4.4/5 (44 valoraciones)
El recurso de reposición es un medio potestativo de impugnación de actos administrativos que ponen fin a la vía administrativa y se encuentra regulado en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, en lo sucesivo LPAC.
¿Qué recurso agota la vía administrativa?
Las reclamaciones que se dicten en los procedimientos que resuelven sobre la responsabilidad patrimonial de la Administración, ponen fin a la vía administrativa.
¿Cuáles son los tipos de recursos administrativos?
- Recurso de alzada.
- Recurso potestativo de reposición.
- Recurso extraordinario de revisión.
¿Cómo saber si un acto pone fin a la vía administrativa?
Si el órgano administrativo que ha dictado el acto (sin importar el contenido del mismo) no tiene un superior jerárquico, se entiende que su resolución pone fin a la vía administrativa.
¿Cuántos tipos de recursos hay y cuáles son?
Los recursos han sido categorizados como bióticos y abióticos, renovables y no renovables, potenciales y reales, además de clasificaciones más complejas.
22. Actos que AGOTAN/PONEN FIN vía administrativa y ACTOS FIRMES. Recurso ALZADA, recurso REPOSICIÓN
31 preguntas relacionadas encontradas
¿Cómo se agota la instancia administrativa?
recordemos que, en el orden nacional, las vías de agotamiento de la instancia administrativa son la impugnatoria y la reclamatoria.
¿Qué es un recurso ordinario en vía administrativa?
a) Recursos Administrativos Ordinarios: Sólo lo son los Recursos Potestativos de Reposición y los Recursos de Alzada. Una misma resolución, un acto administrativo que se pueda llegar a recurrir sólo puede ser objeto de uno sólo de estos recursos.
¿Cuando no es necesario el agotamiento de la vía administrativa?
b) No se requiere agotar la vía administrativa cuando la impugnación del acto en cuestión se fundamenta en la inconstitucionalidad de la norma.
¿Qué pasa si no agoto la vía administrativa?
228.1 Los actos administrativos que agotan la vía administrativa podrán ser impugnados ante el Poder Judicial mediante el proceso contencioso administrativo a que se refiere el artículo 148 de la Constitución Política del Estado.
¿Qué es un reclamo administrativo impropio?
El reclamo impropio es el medio para impugnar en forma directa actos administrativos de alcance general y opera como un recaudo habilitante de la instancia judicial.
¿Que se entiende por sede administrativa?
Lugar en que tiene su asiento o domicilio un órgano administrativo.
¿Cuáles son las causas por las que puede interponerse un recurso administrativo?
Contra actos consumados de un modo irreparable; Contra actos consentidos expresamente; y. Cuandos se esté tramitando ante los tribunales algún recurso o defensa legal interpuesto por el promovente, que pueda tener por efecto modificar, revocar o nulificar el acto respectivo.
¿Cómo se puede impugnar un acto administrativo?
Impugnación de Actos Administrativos. Las formas de impugnación de los actos administrativos tienen por objeto modificar, reemplazar, anular o revocar en sede administrativa un acto administrativo por el cual una persona se siente menoscabada. La elección de la vía judicial impide la impugnación en vía administrativa.
¿Cuándo se puede interponer un recurso contencioso administrativo?
El recurso contencioso administrativo se presenta cuando se agotan los medios que la Administración ofrece y no se ha tenido éxito en las reclamaciones. Los daños por los que se interpone el recurso, pueden ser ocasionados por acciones o resoluciones de la Administración Pública o por omisión de responsabilidades.
¿Cuándo finaliza la vía administrativa?
Si el órgano administrativo que ha dictado el acto (sin importar el contenido del mismo) no tiene un superior jerárquico, se entiende que su resolución pone fin a la vía administrativa.
¿Qué recurso puede interponerse contra un acto que no ponga fin a la vía administrativa?
El recurso de alzada, reiteramos, se interpone frente a los actos que NO pongan fin a la vía administrativa. Sin embargo, el recurso de reposición únicamente podrá interponerse frente aquellos que SÍ pongan fin a la vía administrativa.
¿Cuándo se agota la vía administrativa Cuál es el plazo para interponer el procedimiento contencioso-administrativo?
El plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo será de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada o al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso.>
¿Cuánto tiempo hay para impugnar un acto administrativo?
en virtud de norma expresa la impugnación del acto administrativo deba hacerse por vía de recurso, el plazo para deducirlo será de treinta (30) días desde la notificación de la resolución definitiva que agote las instancias administrativas.
¿Qué actos administrativos se pueden revocar?
Los actos administrativos deberán ser revocados por las mismas autoridades que los hayan expedido o por sus inmediatos superiores jerárquicos o funcionales, de oficio o a solicitud de parte, en cualquiera de los siguientes casos: Cuando sea manifiesta su oposición a la Constitución Política o a la ley.
¿Cuánto tiempo se tiene para impugnar un acto administrativo?
El plazo para interponer el recurso de revisión será de quince días contado a partir del día siguiente a aquél en que hubiere surtido efectos la notificación de la resolución que se recurra.
¿Cuál es la finalidad de los recursos administrativos?
El recurso administrativo es el instrumento jurídico con el que cuentan los gobernados para ejercer control de la legalidad sobre los actos de la Administración que permite el restablecimiento de la legalidad si ha sufrido el gobernado alguna alteración en su esfera jurídica.
¿Qué diferencia hay entre recurso de alzada y reposición?
El recurso de alzada, reiteramos, se interpone frente a los actos que NO pongan fin a la vía administrativa. Sin embargo, el recurso de reposición únicamente podrá interponerse frente aquellos que SÍ pongan fin a la vía administrativa.
¿Cuánto puede costar un recurso contencioso administrativo?
Precio de un recurso contencioso administrativo
El precio de los recursos contencioso administrativos depende del tipo de procedimiento que se vaya a realizar. Por un lado, se pueden imponer unos costes fijos, que serán de 300 euros en el proceso ordinario, y 200 euros si se trata de un proceso abreviado.
¿Cuando un acto administrativo es firme en vía administrativa?
A su vez, un acto es firme en vía administrativa cuando contra el mismo ya no cabe recurso ordinario alguno ante la Administración, es decir de alzada o reposición (ya sea porque no exista la posibilidad de recurso ya porque haya transcurrido el plazo para interponerlo).
¿Cómo saber si es un acto administrativo?
- Competencia: lo emite la Administración Pública.
- Tiene naturaleza judicial.
- Es de derecho público.
- Causa o finalidad: persigue la satisfacción del interés público general.
- Puede impugnarse.
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